Consecuencias económicas de la reforma al artículo 133 de la Constitución

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Author

Carlos Enrique Calderón-Monroy

Abstract

El artículo 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala fue reformado en 1993 a través del Decreto 18-93. Esta reforma prohíbe al Banco de Guatemala financiar las operaciones del Estado excepto en situaciones de catástrofe nacional. El objetivo central de este artículo es presentar el argumento que esta reforma no tiene validez económica y financiera si se analiza utilizando el concepto de dinero endógeno del sistema financiero como marco de referencia y que su existencia tiene consecuencias negativas para la economía del país. Entre estas consecuencias negativas se encuentran: la financiarización de la economía de Guatemala, el desplazamiento del financiamiento bancario que se otorga a la iniciativa privada, la erosión de la soberanía monetaria del país y la redistribución de la riqueza de la clase media a las personas con mayores ingresos. El artículo concluye que si se desea generar condiciones que fomenten el crecimiento económico en el país esta reforma debe de desaparecer

Palabras clave

Dinero endógeno del sistema financiero, financiarización de la economía, redistribución de la riqueza, soberanía monetaria

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